Empresas de la CIPU intimaron a la ANP a que cumpla el Código Internacional PBIP

Un importante grupo de empresas de la CIPU denunciaron a la ANP el incumplimiento del Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias y la intimaron a tomar las medidas necesarias para corregir esta situación.

En el escrito de Intimación ANP – CIPU 25.3.22 (1), y sobre el que no hubo respuestas formales de parte de la ANP, las empresas advierten sobre los riesgos de esta irregularidad en cuanto a la falta de controles y de seguridad, advirtiendo sobre los posibles daños y perjuicios que se pueden provocar por este motivo.

En particular, las empresas denuncian que el actual procedimiento de otorgamiento de carnés de acceso y circulación en el recinto portuario, en el marco de una resolución del año 2009, que califican de ilegal e ilegítima, otorga permisos que no están relacionados a la operativa portuaria ni con plazo de vigencia, lo que resulta clave para la seguridad de buques e instalaciones portuarias.

En el escrito se intima a la ANP a que revoque la resolución de 2009 que habilita el acceso y circulación por tiempo indefinido de integrantes de organizaciones sindicales no necesariamente relacionadas a la operativa portuaria, y que revoque la potestad del SUNTMA, por cuanto no es un operador portuario, de otorgar permisos de acceso y circulación en el puerto, así como los actuales permisos que no tengan relación directa con la operativa.

Desde las empresas de la CIPU se considera que presencia del sindicato en el muelle y sus reiteradas posturas de paralización de actividades y convocatoria a asambleas afectando directamente la operativa y atentando contra la libertad de trabajo generan una «ocupación de hecho» sobre la que las autoridades deberían actuar para detener la pérdida de empleos y las pérdidas millonarias que esta situación provoca al sector y al país.

Las habilitaciones a personas del sindicato ajenas a la operativa, de acuerdo al Código PBIP, deberían otorgarse exclusivamente ante denuncias o pedidos concretos y con la vigencia correspondiente a situaciones particulares y no como sucede en la actualidad, con un mecanismo que hace posible una «dictadura sindical», atentando contra la libertad de trabajo y la libertad de contratación de las empresas.  

Compartír en:
Share on facebook
Share on twitter
Share on whatsapp
Share on email